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Desempeñar las atribuciones, facultades y funciones conferidas en la Ley Orgánica, en materia de aguas estatales y de sus bienes públicos inherentes, en coordinación con las unidades administrativas del nivel Nacional y del Regional Hidrológico-Administrativo, de conformidad con la Ley de Aguas Nacionales, su Reglamento y además ordenamientos jurídicos aplicables.
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Promover y proponer a la persona titular del Ejecutivo las políticas hídricas y la emisión de normas técnicas y lineamientos en materia de aguas de jurisdicción estatal y municipal, que deberán contar con perspectiva de género para conservar y mantener reservas de aguas de jurisdicción estatal.
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Coordinar el diseño y operación de programas encaminados a mantener en buen estado la red de agua potable, drenaje y alcantarillado, así como las plantas tratadoras de aguas residuales en caso de existir.
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Organizar, reglamentar, dictaminar, establecer y supervisar, los proyectos de obras hidráulicas de competencia estatal, con el propósito de aprovechar de forma sustentable el agua en las actividades urbanas y suburbanas, así como en las acciones agrícolas, ganaderas y forestales, en coordinación con las dependencias correspondientes.
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Asesorar, en coordinación con las Secretarías de Desarrollo Urbano e Infraestructura y del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, a los municipios en la realización de obra e infraestructura hidráulica, así como para realizar el pretratamiento, tratamiento y control de las descargas de aguas residuales a los sistemas de drenaje o alcantarillado urbano o municipal, incluyendo el rural de los centros de población.
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Definir las políticas, normas y lineamientos para la programación de proyectos, estudios, construcción, operación, conservación y mantenimiento de obras de infraestructura hidráulica estatal, así como aquellas obras y servicios hidráulicos rurales y urbanos que tengan el carácter de estratégicos.
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Suscribir y celebrar convenios de coordinación con las Dependencias de la Administración Pública Estatal y con los municipios, así como de concertación con el sector social y privado, para la planeación y ejecución de obras de infraestructura hidráulica, de conformidad con las disposiciones aplicables.
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Definir las líneas de acción para impulsar y promover el establecimiento y desarrollo de una cultura del agua, entre la población, las dependencias y los gobiernos municipales, así como a los medios de comunicación, en coordinación con autoridades e instancias, de acuerdo con las disposiciones aplicables en la materia.
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Promover, en coordinación con las unidades administrativas correspondientes, la recarga de mantos acuíferos, a través de la protección de áreas naturales, así como recarga superficial en zonas urbanas.
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Coordinar el rescate, saneamiento y protección de ríos, humedales, barrancas y cuerpos de agua, de conformidad con la normativa aplicable.
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Autorizar la generación de proyectos de reúso de agua a través de procesos basados en la naturaleza, acompañados de tecnología de punta, confiable y garantizada.
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Validar y aprobar las leyes, decretos, reglamentos, acuerdos y demás disposiciones legales para mejorar el funcionamiento de la Secretaría.
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Participar, previa autorización de la persona titular del poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de México, en la ejecución de las estrategias nacionales hídricas que se implementen en la Entidad.
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Someter a la autorización y aprobación de la instancia correspondiente, el Manual General de Organización de la dependencia, así como proporcionarlo a las unidades administrativas, para garantizar el cumplimiento de las metas y objetivos establecidos.
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Vigilar que los objetivos y programas de la Comisión del Agua del Estado de México (CAEM), se vinculen con el cumplimiento de las estrategias y prioridades estatales relacionados a los recursos hídricos, así como difundir las prioridades y resultados de la política hídrica a cargo de la Secretaría.
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Autorizar y expedir las reglas de operación de los programas y proyectos hídricos propuestos por las unidades administrativas y la Comisión del Agua del Estado de México, así como las medidas de seguimiento y control interno, con la finalidad de asegurar la operación de los programas y la atención a la población objetivo.
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Impulsar, en coordinación con las unidades administrativas correspondientes, el desarrollo de la cultura del agua en el Estado de México, para que se considere como recurso vital, escaso y de alto valor económico, social y ambiental.
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Establecer y autorizar los lineamientos y procedimientos para el diseño de acuerdos de colaboración y convenios de coordinación con dependencias, y municipios, para el fomento, apoyo y operación en aspectos técnicos de las obras, sistemas y servicios de agua potable.
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Acordar con las instancias competentes, en la generación de nuevas fuentes de agua renovable, a partir de la regeneración de aguas servidas por comunidades a través de procesos seguros, confiables y soluciones basadas en la naturaleza, con el propósito de garantizar que se regresen al medio ambiente de manera segura, y darle uso público urbano y ecológico.
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Coordinar y verificar que se incorpore la perspectiva de género en los programas, proyectos, acciones y políticas públicas competencia de la dependencia, a fin de promover la igualdad de género, los derechos humanos, erradicar la violencia y discriminación de género.
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Definir y difundir, en coordinación con las unidades administrativas, el Código de Ética y Conducta que deberán observar las personas servidoras públicas de la Secretaría, así como verificar su cumplimiento.
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Conocer y, en su caso, opinar con respecto a los casos en que las personas servidoras públicas de la dependencia sean parte de probables situaciones de violencia, discriminación, acoso y hostigamiento sexual, y solicitar a la Coordinación Jurídica, de Igualdad de Género y Erradicación de la Violencia, el informe correspondiente a la conclusión de los mismos.
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Coordinar, con las unidades administrativas correspondientes, las acciones en materia archivística de la dependencia, con apego a lo establecido en la Ley General de Archivos y la Ley de Archivos y Administración de Documentos del Estado de México y Municipios.
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Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.